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iPhonecidio

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Mi amigo Josep Flaquer ha puesto en mis manos esta joya y desde que he podido tocarla y hojearla mi cabeza no para de dar vueltas sobre cómo darla a conocer sin profanarla.

Se trata de las “Constitucions” aprobadas en la Primera Cort celebrada en Barcelona en el año 1599, bajo el reinado de Felipe II.

La edición es de 1603 y está realizada en la Estampería de Gabriel Graells y Giraldo Dotil.

La fotografía que aparece en este post ha sido realizada con un iPhone 4. Ya entiendo que no es manera de presentar esta maravilla pero ahora mismo es lo que tengo más a mano y, al menos que yo sepa, el iPhonecidio aún no está tipificado en el Código Penal, de manera que me planteo publicarlo íntegramente por dicho medio.

(Se aceptan opiniones)

El texto, en catalán del siglo XVI, dice así:

CONSTITUCIONS
FETES PER
LA S. C. R. MAGESTAT DEL
REY DON PHELIP SEGON, REY
de Castella, de Arago & c.

EN LA PRIMERA CORT, CELEBRA
als Cathalans, en la Ciutat de Barcelona en lo Monastir
de S. Francesch en lo Any 1599

Any (escudo) 1603

AB LLICENCIA
Estampat en Barcelona en la Estampa de Gabriel Graells, y Giraldo Dotil

Texto íntegro …

Texto íntegro del documento “El problema catalán” en: 

http://es.scribd.com/doc/78074044/El-problema-catalan#Imagen

ELPROBLEMA CATALÁN (y 11)

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Con esta propuesta como eje de la campaña electoral la coalición que conforma el actual gobierno (Convergència i Unió) ganó las elecciones autonómicas de 2010 y con ella afronta el reto de acomodar la estructura de la Generalitat de Catalunya a la cruda realidad derivada de la crisis. Su particular reto consiste en conjugar una situación económica agónica con el señuelo de un futuro no muy lejano en el que Catalunya administrará sus propios recursos y podrá hacer frente a todos sus sueños, convirtiendo el pacto fiscal en un nuevo “santo grial” en cuya consecución está la clave de la suficiencia financiera y la culminación del derecho a decidir de los ciudadanos catalanes sobre las cuestiones económicas de las que pende, poco menos, que su felicidad colectiva, presente y futura.

No obstante, haciendo gala una vez más de la escasa capacidad catalana para definir sus estrategias, en la misma formulación de la propuesta sus autores facilitan a sus supuestos adversarios los argumentos para negársela. 

Parten de lo que denominan el déficit fiscal que, de ser cierto el concepto y su forma de cálculo, ha supuesto un auténtico expolio por parte del Estado puesto que durante largos años ha invertido menos en Catalunya de lo que ha recaudado. Puestos a mostrar las cartas, los promotores de la idea barajan cifras que rondan los 17.500 millones de euros anuales lo que, teniendo en cuenta que el presupuesto de la Generalitat de Catalunya es del orden de 35.000 millones anuales, es espectacular.

Lo grave de la cuestión es que, si todo ello es cierto, en los actuales momentos de crisis económica y financiera, el Estado no está en condiciones, ni aún queriendo, de renunciar a la bicoca catalana por lo que ni siquiera puede plantearse la posibilidad de renunciar a la cifra pretendida desde Catalunya. Y ello es tanto más cierto cuanto que, si la desviación presupuestaria de las cuentas públicas del año 2011 se estima en 20.000 millones, ¿de dónde tendría que salir el dinero para compensar el déficit fiscal catalán? Aunque fuera en inversiones a largo plazo la cantidad acumulada es tan astronómica que resulta absolutamente inasumible en términos económicos, pero también lo es en términos políticos puesto que, ¿qué gobierno puede plantear a las 16 comunidades autónomas restantes que va a destinar a Catalunya tal cantidad de recursos sin provocar un cataclismo?

He aquí, pues, que el nuevo capítulo del culebrón está servido. Y el argumento ante el rechazo, de tan simple, hasta parece infantil. Se formula así: puesto que España no nos devuelve lo que nos ha estado expoliando durante años, la única solución que tenemos para salvar nuestro futuro es la independencia (en la que nosotros solitos nos lo vamos a guisar y nos lo vamos a comer).

Elemental ¿no?. 

Girona, enero de 2012

EL PROBLEMA CATALÁN (10)

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Y ahora el pacto fiscal

Con la agudización de la crisis económica que tuvo su punto de inflexión en la quiebra del banco Lehmann Brothers, acaecida en setiembre de 2008, se puso en evidencia el grave problema financiero que arrastraban las administraciones públicas españolas a consecuencia de su alto nivel de endeudamiento.

La cuestión se venía fraguando desde antiguo y no era ningún secreto que, por lo menos en lo que a la Generalitat de Catalunya respecta, hacía algunos años que el colapso se estaba gestando.

Algunas de las operaciones de externalización de servicios así lo hacían prever, puesto que a nadie se le oculta que la creación de algunas entidades, organismos autónomos o sociedades anónimas de capital público no tenían otro objeto que enmascarar el endeudamiento galopante por medio de artificios contables y de ingeniería financiera que permitiera contabilizar lo que era pura deuda pública como “peajes a la sombra”, operaciones de financiación de obras por el “método alemán” y otras filigranas cuya única finalidad era seguir contratando a crédito sin que los préstamos concertados por los entes que realizaban las inversiones computaran como deuda pública.

Fue su especial contribución a la ocultación de la deuda real que, con el tiempo, daría lugar a la crisis de la deuda soberana, que se inició en el momento en que los mercados financieros tuvieron la certeza de que el endeudamiento real de las administraciones era mucho mayor que la declarada en las cuentas públicas. A causa de ello los inversores internacionales endurecieron las condiciones de adquisición de las nuevas emisiones, exigieron altos tipos de interés o dejaron de adquirirlas por la vía de dejar las subastas desiertas.

Desde un punto de vista formal, e incluso legal (puesto que tanto la Ley 4/1985 del estatuto de la empresa pública catalana, como el Decreto Legislativo 2/2002 que la modificó), cabe afirmar que las operaciones realizadas por los organismos autónomos y las sociedades con participación mayoritaria (o única) de capital público tuvieron la correspondiente cobertura, teniendo en cuenta que las normas reguladoras fueron aprobadas, precisamente, con esta finalidad.

Sea como fuere, lo que tenía que pasar sucedió de forma inexorable. La crisis económica afectó a los ciudadanos y a las empresas, pero también a las administraciones públicas que, justo cuando su endeudamiento había alcanzado dimensiones críticas, vieron disminuidos drásticamente sus ingresos poniendo en evidencia la gravedad de la situación.

Como consecuencia de ello se hicieron sentir las voces que ponían en duda la viabilidad de la estructura del estado autonómico tal como se había ido desarrollando en los 30 años de vigencia de la Constitución, poniendo de manifiesto el coste económico del solapamiento de competencias y de la duplicidad de funciones entre los distintos niveles administrativos, llegándose a afirmar que el estado autonómico es insostenible.

Frente a esta idea, que rápidamente fue interpretada desde Catalunya en clave de nuevo intento de centralización por parte del estado, se intentó dar respuesta mediante la formulación de un nuevo envite del catalanismo planteando la necesidad de un pacto fiscal, entendiendo por tal un sistema parecido al concierto vasco en el que la comunidad autónoma recaudaría todos los impuestos devengados en su territorio y contribuiría a las arcas del estado de acuerdo con los servicios prestados por la administración central según un pacto periódico similar al cupo.

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EL PROBLEMA CATALÁN (9)

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Cuando, tras su publicación en el Boletín Oficial, fue impugnado ante el Tribunal Constitucional por el Partido Popular, por el Defensor del Pueblo y por varias Comunidades Autónomas se desató una campaña de descrédito de la institución llamada a revisar su adecuación a la Constitución que no tiene parangón en ningún país democrático del entorno europeo, pretendiendo sus instigadores que el texto aprobado por el poder legislativo (depositario de la voluntad popular) y refrendado por la ciudadanía (titular de dicha voluntad) no podía ser enmendado por un órgano que, según ellos, carecía de legitimidad para hacerlo.

Sea como fuere, el Tribunal Constitucional, en el ejercicio de las funciones que le otorga la Carta Magna, se pronunció mediante Sentencia de fecha 28 de junio de 2010 aceptando la constitucionalidad de buena parte del texto pero declarando inconstitucionales 14 de sus artículos e interpretando otros 8 y 3 disposiciones adicionales, lo que desactivaba algunas de las cuestiones claves que los impulsores del engendro creían haber “arañado” al estado central y sobre las que el Gobierno había puesto mayor énfasis, propinando de pasada un auténtico mazazo a las aspiraciones de conseguir la reforma de la Constitución (de tapadillo y por la puerta de atrás) que, en el fondo, era lo que se había intentado.

Y, una vez más, el sueño catalán se vino abajo.

Todo el esfuerzo realizado, todas las artimañas empleadas y todas las expectativas levantadas se habían ido al garete para alcanzar un marco estatutario que, en algunos aspectos, es peor del que preveía el primer Estatut de 1979.

Pero lo grave de la situación es que todas las formaciones políticas del arco parlamentario de la época, excepto el Partido Popular, habían participado en el empeño, aprobando el proyecto, maquinando para urgir su aprobación y medrando en la campaña de deslegitimación del Tribunal Constitucional que finalmente lo recortó.

A causa de ello el conflicto se ha planteado nuevamente en los términos del recurrente “encaje” de Catalunya en el conjunto de España según la formulación clásica según la cual, si los órganos del Estado no respetan la voluntad popular expresada por los catalanes es que Catalunya no cabe en el Estado que no quiere aceptarla tal como ella desea.

Y vuelta a empezar.

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EL PROBLEMA CATALÁN (8)

Adenda

 

 “No me siento llamado a celebrar una cosa (la Constitución)
que va contra los intereses de Catalunya

 Artur Mas
President de la Generalitat de Catalunya
5 de diciembre de 2011

 

El resultado del proceso de reforma del Estatut ha venido a confirmar, una vez más, que Catalunya, a lo largo de la historia, no ha acertado ni una.

Tras la primera alternancia en el Gobierno de la Generalitat acaecida en las elecciones celebradas en el año 2003, el tripartito, en tanto que primer gobierno de izquierdas que se alzaba con el poder desde 1939, se sintió llamado a realizar la gesta épica de hacer realidad el sueño.

Su afinidad ideológica con el Gobierno central presidido por José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE), al que los miembros del gobierno catalán no tenían empacho alguno en calificar de “gobierno amigo”, unida a la relativa debilidad de éste al carecer de una mayoría parlamentaria sólida en las Cortes Generales, fueron interpretadas por los líderes catalanes en clave de oportunidad histórica que en su planteamiento estratégico no debían desaprovechar y, a pesar de que ninguno de los partidos que componían el tripartito llevaba en el programa electoral la reforma del Estatut, se convencieron pronto de la oportunidad de impulsar la idea y se lanzaron a ponerla en marcha con una diligencia inusitada, al punto que la reforma estatutaria se convirtió en el centro de la acción política del gobierno presidido por Pascual Maragall i Mira y, prácticamente, en el tema que monopolizó la vida política catalana en el período 2003-2006. 

Con la perspectiva que da el transcurso del tiempo se ha podido ver, además, que las prisas por culminar el proceso y someter el proyecto a referéndum contaba a su favor con la circunstancia de que el recurso de inconstitucionalidad previo, que tanto juego había dado como instrumento de oposición política al Partido Popular durante los mandatos de Felipe González Márquez (PSOE), había sido suprimido en la reforma de la ley orgánica reguladora del Tribunal Constitucional de 1985, lo que permitiría celebrar la consulta sin la cortapisa que podría significar la suspensión derivada de un recurso de tal naturaleza. Y sabiendo que el Partido Popular, si algún día llegaba al poder, haría lo posible por rescatarlo no era cuestión de andar perdiendo el tiempo puesto que, probablemente, nunca más se daría una situación más propicia.

En este sentido el calendario es sumamente revelador: el Estatut fue aprobado por el Parlament de Catalunya el 30 de setiembre de 2005; fue tomado en consideración por el Congreso de los Diputados el 2 de noviembre siguiente; fue dictaminado por la Comisión Mixta Constitucional el 30 de marzo de 2006 y el mismo día fue debatido y aprobado por el pleno del Congreso de los Diputados; el Senado lo aprobó el 10 de mayo de 2006, y el 18 de junio de 2006 fue sometido a referéndum.

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(1) Todo un record en la historia constitucional española, sólo superado por la “reforma express” del artículo 135 de la Constitución, formulada por el gobierno del PSOE el 23 de agosto de 2011 y aprobada con el voto de PSOE, PP y UPN el 26 de setiembre de 2011.

EL PROBLEMA CATALÁN (7)

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En la transición del régimen franquista al sistema constitucional vigente pareció que Cataluña entraba en la lógica del conjunto de pueblos que conforman España y que participaba de la idea de avanzar en común hacia un sistema de libertades y responsabilidades compartidas. Pero, sólo 25 años después, parece que el sistema no satisface a los que todavía sueñan en hacer realidad el mito. Y, una vez más, es oportuno preguntarse ¿hasta cuando los catalanes tendrán que esperar para encontrar su encaje en el mundo y podrán concentrar sus energías en prosperar como individuos y como pueblo? ¿Cuántas nuevas pruebas de exaltación patriótica tendrán que superar para no ser tildados de poco catalanes, de “botiflers” (1) o, simplemente, de traidores? Y ¿cuántos enfrentamientos estériles tendrán que superar para que sus líderes les reconozcan el derecho a vivir su catalanidad sin complejos y en paz? 

Ahora mismo, el hecho que se haya producido un resultado electoral que ha propiciado la primera alternancia real desde la aprobación del Estatuto no parece una razón suficiente para hacernos retroceder en el tiempo y sumirnos nuevamente en el eterno problema del “encaje” de Cataluña en la realidad española. 

Desde la aprobación de la Constitución, refrendada mayoritariamente por los catalanes, la cuestión parecía estar resuelta. Las nacionalidades y regiones que conforman España podían constituirse en comunidades autónomas y así lo hicieron todas. Las que ya habían plebiscitado un Estatuto antes de la guerra civil (los denominados territorios históricos) podían hacerlo de acuerdo con un procedimiento, y el resto con otro. Al final de los dos procesos el mapa político presenta 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas, y el marco constitucional ofrece otros tantos Estatutos con diferente techo competencial, pero abocados todos ellos a igualarse en lo que en su día se bautizó como “café para todos”, que no es sino la plasmación práctica del principio general no escrito según el cual “aquello que es bueno para los demás no puede ser malo para mí y por eso también lo quiero”, en la consagración del cual Cataluña tiene un alto grado de responsabilidad, por no decir que toda.

En el momento de decidir si Cataluña aceptaba las reglas constitucionales y el régimen limitado de autonomía que ofrecían, los líderes catalanes de entonces decidieron elaborar un estatuto y la mayoría de los catalanes lo apoyaron en referéndum por una mayoría aplastante. Podían no haber seguido el juego y hacer como si Cataluña continuara siendo una nacionalidad histórica para poder mantener el discurso de la reivindicación de un estatus diferenciado. Pero no fue así. Hay incluso quien sostiene que, al tomar la decisión de constituirse en comunidad autónoma, los catalanes se auto determinaron al manifestar en referéndum su voluntad mayoritaria en este sentido. Es una teoría políticamente discutible, como todas, pero dialécticamente impecable.

Sea como fuere, las campanas tocan nuevamente a somatén y es preciso arremangarse. ¿Para qué? ¿Quién sabe? Teniendo en cuenta que ni Cataluña ni España están en un proceso constituyente, parece que para poca cosa. No obstante y a pesar de que la actual mayoría no ha recibido un mandato electoral expreso para ponerse en el lodazal constitucional, nada le impide aprovechar la oportunidad de verse sentada en la poltrona para incluir en la acción de gobierno aquellas propuestas que supongan modificar el marco jurídico-político en el que han sido elegidos. Y no seré yo quien ponga en duda la legitimidad para hacerlo. Pero, a pesar de que la política es el arte de lo posible, todo hace pensar que este no es el mejor momento para delirar ni para embarcarse en un nuevo intento de hacer realidad la utopía.

Girona, setiembre de 2004

(continuará)

(1) Botiflers, partidario de Felipe V

EL PROBLEMA CATALÁN (6)

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II. El nuevo Estatuto o el despertar del sueño.

Resulta obvio afirmar que desde la caída de Barcelona en 1714 hasta la actualidad la historia de Cataluña ha estado llena de acontecimientos de todo tipo. En general se puede decir que, con algunos brotes esporádicos de fervor patriótico poco exitosos, el pragmatismo se ha impuesto a lo largo de los 290 años transcurridos. Pero la leyenda no ha muerto.

La visión interesada de la guerra de sucesión como una confrontación entre el Principado y España para someter a Cataluña y privarla de sus instituciones, de su lengua y su cultura, todavía perdura. Y si es cierto que las consecuencias de la derrota tuvieron este efecto, no se puede perder de vista que la confrontación armada se produjo para decidir el heredero a la corona española y no para defender los derechos históricos de Cataluña que Felipe había jurado respetar al ser aceptado como rey en 1701. 

Sin negar la magnitud del desastre, justo es decir que las consecuencias derivadas del alzamiento y de la derrota en buena medida se explican por la propia actitud de los catalanes y de sus líderes. Por una parte, visto que las Cortes Catalanas reunidas en 1701 habían aceptado a Felipe como rey y le habían jurado fidelidad, como, a la recíproca, él había jurado las Constituciones y otros derechos de Cataluña, la insurrección sólo podía ser interpretada como la rotura unilateral del pacto. Por otra parte, los insurrectos catalanes que defendían la candidatura del archiduque habían aceptado convertirse en instrumentos de los aliados británicos, austríacos y holandeses que pugnaban para evitar la hegemonía de la dinastía borbónica en Europa, en una apuesta que ponía el destino de Cataluña en manos de intereses extranjeros. Para colmo, la obstinación en negarse a pactar una salida al conflicto por defender a un candidato a la corona que ya había renunciado a ella, la resistencia a ultranza incluso después de que los aliados firmaran la paz con España, y la esperanza absurda en un milagro que no acaeció, llevaban implícito un final trágico del episodio.

Parecería lógico pensar que sobre la patética situación derivada de una apuesta fallida no resultara nada fácil erigir una mitología. Pero no fue así. Se dirá, y con razón, que todos los pueblos tienen derecho a idealizar los hechos que han configurado su historia, a sublimar aquellos acontecimientos cuyo recuerdo les resultan más amargos y a soñar ver hechas realidad sus utopías. Pero no es menos cierto que las pretensiones políticas y las reivindicaciones colectivas no se pueden sustentar en la mentira o en las verdades a medias, sino que deben ser planteadas desde la asunción de la realidad, o al menos de aquella parte de la verdad que resulta contrastada de forma incontrovertible aunque el gesto suponga echar por tierra algún mito. 

Y en el supuesto que nos ocupa, el hecho irrefutable que resulta de la historia conocida, es que Cataluña, se quiera o no, está ligada a la corona española desde la sentencia de Caspe (1412). Desde aquella fecha lejana, la relación del Principado con la corona española ha sido azarosa y, si analizáramos la historia de los 600 años transcurridos desde entonces con un poco de distancia y sin apriorismos, probablemente podríamos afirmar que Cataluña ha sido víctima de la poca inteligencia de sus líderes, de su nula capacidad política para articular un proyecto de país, de su carencia de una visión estratégica de su relación con España y de su ineptitud para la defensa de los intereses reales de los catalanes, más allá de gestos aparatosos y de discursos grandilocuentes que no han traído más que sufrimiento y frustración. 

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EL PROBLEMA CATALÁN (5)

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Era evidente que a partir de aquel momento los catalanes estaban definitivamente perdidos, pero la noticia, lejos de apaciguar sus ánimos y hacerlos considerar una solución negociada del conflicto, produjo en ellos una reacción de exaltación popular que llevó a la temeridad colectiva de llamar a la resistencia a ultranza. Ya se habían producido otras situaciones en las que habría sido razonable buscar una salida al conflicto: al ocurrir la muerte de su principal instigador Jose I de Austria (abril de 1711); al firmar Inglaterra la paz con España (julio de 1713) y al hacerlo también Holanda (junio de 1714). En cada uno de este episodios en los que los catalanes podían ver el abandono de sus aliados habrían podido conjurar lo que se apuntaba cómo inevitable, pero ni tan siquiera se lo plantearon. 

El tema se ha estudiado poco pero, según los testigos de la época, parece que el fervor de los catalanes era una mezcla de sentimientos entre los que jugaba un papel destacado una peculiar religiosidad patriótica. Los clérigos y frailes más exaltados, con el arzobispo de Tarragona y el obispo de Barcelona al frente, se decantaron por la insumisión y se esforzaron por infundir en el pueblo una fe exaltada en la protección divina, hasta el punto que durante el asedio de la ciudad de Barcelona sostuvieron la confianza ciega en un milagro que, como es evidente, no se produjo. Los momentos finales de la defensa de la ciudad son un ejemplo dramático del fervor patriótico y el fanatismo religioso de los barceloneses cuando el “Conseller en cap”, Rafael de Casanova, a indicación de Villarroel, tomó el pendón de Santa Eulalia y, rodeado de la nobleza y seguido por las compañías de la Coronela, se dirigió a la muralla de Junqueras para enfrentarse a las tropas asaltantes en un esfuerzo desesperado para frenar la acometida que finalizaría pocas horas más tarde con la capitulación de la ciudad. Tampoco en aquella ocasión la patrona de la ciudad hizo el milagro y se produjo el desastre.

Pero de la derrota nació la leyenda que, desde entonces, ha alimentado la idea de una Cataluña ideal que ha servido de eje vertebrador a la voluntad catalana de ser. Y para lograr este fin supremo de la imaginación colectiva parece que no importen los sacrificios, si hace falta hasta el holocausto, antes que resignarse a ser iguales a los demás.

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EL PROBLEMA CATALÁN (4)

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El 7 de noviembre de 1705 Carlos III desembarcó en Barcelona al frente de la escuadra aliada después de un mes de asedio de la ciudad y, a continuación, se reunieron las que serían las últimas Cortes catalanas para declarar a la casa de Francia perpetuamente “excluida e inhábil para la sucesión en Cataluña”. Empezaba así el enfrentamiento con Felipe V y la guerra de Sucesión que se prolongó hasta 1714.

El propósito de los insurrectos era hacer caer a Felipe V y su dinastía llevando la guerra a todo el territorio peninsular, pero ya el 25 de abril de 1707 Valencia y Aragón caían a manos de las tropas felipistas en la batalla de Almansa y en noviembre de 1710 el ejército aliado se veía obligado a salir de Madrid, dejando a Cataluña dentro de una pinza entre España y Francia, cosa que no hacía presagiar nada bueno. El 25 de enero de 1711, cayó Girona, lo cual reducía todavía más el territorio en manos de los insurrectos. 

Pero el hecho que tenía que decantar definitivamente el resultado de la guerra se produjo pocos meses después, el 17 de abril de 1711, fecha en la que moría el emperador José I y el archiduque heredaba la corona imperial de Austria. Esta circunstancia modificaba radicalmente la situación y las potencias que hasta entonces habían luchado para evitar la unión de España y Francia resultó que tampoco deseaban la reconstrucción del imperio de Carlos V (Carlos I de España), por lo que iniciaron negociaciones con Lluís XIV para firmar la paz.

Cuando el 13 de julio de 1713 Inglaterra firmó la paz con España por medio del tratado de Utrecht, la suerte de los catalanes quedó sentenciada a pesar de que en el artículo XIII del documento, Felipe, “en atención a S. M. Británica”, concedía y confirmaba la amnistía y el respeto a los bienes, honores y privilegios de los catalanes.

El 6 de marzo de 1714, con la firma de la paz de Rastadt entre Francia y Austria, el imperio abandonaba definitivamente sus pretensiones sobre la corona española y tres meses después, el 26 de junio de 1714, Holanda firmaba la paz con España y se desvanecía la última esperanza. Cataluña quedaba enfrentada, a solas, con los ejércitos español y francés sin ninguna posibilidad de recibir refuerzos de ninguna de las potencias que habían alimentado su sublevación y la larga guerra que había durado 9 años.

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